Molinero Vial.
Morelia, Michoacán.-Los 18 funcionarios de primer nivel y Regidores que «trabajaron» durante la administración 2018-2021 y que recibieron de manera irregular el famoso Bono Covid que consistió en tres meses adicionales de su salario que alcanzó en algunos casos hasta 300 mil pesos, deberán regresar el recurso luego de la resolución del juez que además, podría inhabilitar a quienes no están en funciones y destituir a los que sigan actualmente en una función pública.
Y es que luego de la denuncia que presentó la actual de la administración en contra de la entrega del bono a los funcionarios y regidores durante el mes de marzo del año 2021, la resolución se dio y se determinó que fueron 25 personas las que recibieron el dinero pero 7 de ellos no, debido a que unos la devolvieron y otros rechazaron que se les depositara desde que se anunció la entrega por lo que 18 sí se llevaron el dinero.
Así lo señaló la Contralora del Ayuntamiento de Morelia, María del Carmen López Herrejón quien detalló lo que pasará con quienes no regresaron en su momento el dinero y generaron una afectación a las finanzas municipales.
«Ya se les determinó la sanción a la que se hicieron acreedores, las sanciones que habíamos comentado en un inicio, hablamos de 25 presuntos responsables, se quitaron 7 y quedaron 18 fincados y esos 18 ya se resolvieron, y están en proceso de notificación, les digo, la sanción ya está, obviamente es el reintegro y las sanciones administrativas que establece la ley de responsabilidades», expuso.
López Herrejón expuso que el monto que deberán reintegrar algunos exfuncionarios, asciende a los 280 mil pesos mientras que otros, regresarán hasta 180 mil pesos que en total, alcanza una cifra de poco más de 3 millones de pesos aunque ahora que salió la resolución, los 18 acusados aún tienen medios de defensa para aclarar lo que a su derecho convenga.
«Algunos es por 280 mil pesos el reintegro, otros por 180 mil y el monto total son por un poco más de 3 millones de pesos, acuérdense que unos se negaron a recibirlo y hay la manifestación expresa de que cuando se los iban a entregar que no lo aceptaron y otros lo reintegraron, si no lo reintegran, ellos tienen los medios de defensa a su alcance para hacerlos valer y posterior a esto cuando se declara la firma de la resolución, tiene que entrar la autoridad fiscal que es la tesorería a efecto de que inicie el pago respectivo, el procedimiento administrativo de ejecución», explicó.
Finalmente María del Carmen López destacó que por un lado, los funcionarios que ya no estén en funciones podrían ser inhabilitados para ocupar algún cargo público mientras que los que estuvieran en activo, podrían, aparte de regresar el dinero, ser destituidos.
«Creo que hay un funcionario en activo, la sanción es igual, la ley no distingue o sea, la sanción es pareja, acuerdense que no es la destitución, una cosa es la destitución y otra la inhabilitación, la inhabilitación es para que no ejerzan cargos públicos, la destitución es que a quien está en el cargo lo quitan, en ese caso es la inhabilitación, acuérdense que las faltas no graves van desde un año y las graves las determina el tribunal, cuando es económica, es daño a la hacienda pública y vien el resarcitorio y aunado, hay una falta administrativa cometida por un servidor público en el desempeño de sus funciones que esa es otra parte que debe sancionarse», explicó.