América Juárez Navarro
Morelia, Mich.- Con 25 votos a favor del dictamen por el PAN, Morena, PT y Verde Ecologista, y nueve en contra de la oposición del PRD, PRI y PES, se votó a favor de la inhabilitación para ocupar cargos públicos durante 10 años, contra Miguel Ángel Aguirre Abellaneda ex auditor de Michoacán.
La contralora del Estado, Azucena Marín Correa, reiteró que presentó esta denuncia en su calidad de funcionaria pública, fue en el dictamen donde se añadió su calidad de ciudadana, durante su exposición de motivos en la sesión que fue a puerta cerrada, señaló que esta acción es resultado minucioso de una investigación que deriva de procedimientos y denuncias penales por actos de corrupción, y reafirmó que lo hizo en calidad de ciudadana y funcionaria.
Asimismo el ex auditor fue notificado en mayo 22 de este año sobre el juicio en su contra, pese a que en esa fecha no se le había dado el ha lugar, ya que el mismo fue declarado procedente el primero de junio y el dictamen fue elaborado el 31 de agosto, y votado este viernes por la tarde.
La diputada Adriana Hernández Iñiguez, señaló que se avaló la ilegalidad y rechazó que la notificación del 22 de mayo, sea suficiente para garantizar el derecho de audiencia del ex auditor, ya que se le debió notificar dos veces.
«Debieron existir dos notificaciones la de ha lugar del juicio y la del procedimiento, sería otro error grave que no se notificará y por supuesto que no es suficiente con la del 22 de mayo, porque todavía no se sabía si este dictamen iba a ser favorable o no y es donde exhiben el desconocimiento total de la ley, es muy lamentable que en un nivel como este los diputados no conozcan el tema», expuso.
El presidente de la Comisión Jurisdiccional, César Palafox Quintero, ratificó que solo se entregó una notificación del 22 de mayo, misma que aseguró sirve para este proceso que se realiza contra el ex auditor.
En el dictamen se señala que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia; y existe responsabilidad en la ejecución de conductas; y las sanciones que se imponen en el juicio político, son destitución del cargo como Auditor Superior de Michoacán; e inhabilitación por el término de 10 diez años, para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público estatal o municipal de acuerdo con la Ley de la materia.